viernes, 7 de diciembre de 2007

La Constitución Española.

¡Hola corazones!

Ayer ya anuncié que la entrada de hoy me iba a servir para investigar acerca de nuestra constitución, ya que ayer se celebró el Día de la Constitución Española. Y qué mejor que el día después para conocer un poco mejor la ley suprema que nos gobierna a todos los españoles.

En mi afán por saber y conocer cada vez más, buscando en la Wikipedia acerca de este tema he encontrado la Historia de las distintas Constituciones que ha tenido España, que a continuación trataré de resumir.
La historia del constitucionalismo español es reflejo directo de las convulsiones políticas españolas de los siglos XIX y XX, mostrando las tensiones sociales y políticas que existieron y existen en el país.
- La Constitución de Bayona de 1.808: Situándonos en tiempos del Antiguo Régimen absolutista, se produjo el
motín de Aranjuez contra Godoy y el propio Rey Carlos IV de España. Éste abdica en su hijo Fernando VII de España pero, antes de consolidarse en el poder, Napoleón convocó en Bayona una Asamblea de notables españoles, a los que presentó un texto de Constitución, promulgado el 8 de julio de 1.808. Organizaba España como una monarquía hereditaria en que el monarca ocupaba el centro del poder político, pero con la obligación de respetar los derechos de los ciudadanos proclamados en su texto. Se considera una carta otorgada, puesto que no fue elaborada por los representantes de la Nación.
- La Constitución Española de 1.812: La guerra había empezado y las capitulaciones de los monarcas ante Napoleón acrecentaron la sensación de vacío. Frente al derrumbamiento de la Administración, la resistencia se estructura a través de juntas provinciales y locales que representan un auténtico poder paralelo, hecho que conllevaría a que la legitimidad monárquica diera paso a la popular. El 24 de septiembre de 1.810 se constituían las Cortes de Cádiz y el mismo día se aprueba un Decreto en el que aparecen los principios básicos del futuro texto constitucional: la soberanía nacional y la división de poderes. Fue derogada dos años después, restablecida en 1.820, derogada otra vez 3 años más tarde y restablecida por última vez en 1.836
- El Estatuto Real de 1.834: Por Decreto de 4 de mayo de 1.814, Fernando VII derogó la Constitución de 1.812 y a partir de esa fecha fueron restableciéndose las del Antiguo Régimen absolutista, bajo la promesa de redactar una nueva Constitución. Una vez producida la muerte de Fernando VII en 1.833, la maquinaria del Estado estaba en manos de los liberales. El testamento otorgaba como sucesora a Isabel II y nombraba Reina Gobernadora a María Cristina, esposa del Rey. Durante la enfermedad del monarca y ante las pretensiones carlistas, la Corona se alía con los liberales concediendo una amplía amnistía e inicia un reformismo moderado que topa con la oposición carlista. La pretensión de abrir el sistema político a la participación de los liberales moderados se hará mediante la elaboración de una norma (Estatuto) con vocación transitoria. Fracasada la reforma de Cea Bermúdez, la Regente, en 1.834, encarga la formación del Gobierno a Martínez de la Rosa quien, junto a Garelly y Javier de Burgos, será autor del Estatuto Real, que será sancionado el 10 de abril de ese mismo año. Es una norma puente entre la crisis del Antiguo Régimen y el inicio del Estado Liberal.
- La Constitución Española de 1.837
:
El sistema del Estatuto Real se mantuvo vigente hasta 1.836, cuando la Guardia Real de la Granja impuso a la Reina Regente el restablecimiento de la Constitución de 1.812 y la convocatoria de Cortes constituyentes. Se mantenía la declaración de soberanía nacional y de los derechos ciudadanos del texto gaditano, la división de poderes y un cambio del sistema electoral.
- La Constitución Española de 1.845
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Tras la renuncia de la Reina Regente en favor de Espartero, se disuelve el Senado, se proclama la mayoría de edad de la Reina Isabel II, y se convocan nuevas Cortes para reformar la Constitución. El texto resultante no es una simple reforma del anterior, sino que se remite la regulación de los derechos proclamados a leyes posteriores que resultaron fuertemente restrictivas. Destaca en la parte orgánica un aumento de poderes del Rey. Continuó la religión católica como religión oficial del Estado.
- La Constitución Española de 1.869: En 1.852 hubo un intento de reforma constitucional, no sacado adelante por la oposición popular al suponer una vuelta al Antiguo Régimen. Igualmente en 1.956 no terminó de promulgarse la constitución del gobierno de O´Donnell, que no era más que la Constitución de 1.845 con un acta adicional donde se recogían algunos principios progresistas. Tras esto, el poder supremo se confió al general Serrano, que convocó Cortes constituyentes que elaboraron un nuevo texto constitucional. Esta constitución fue una constitución democrática que estuvo vigente hasta el año 1.871. La soberanía era nacional y el poder estaba dividido: el poder legislativo lo tenían las cortes, el poder ejecutivo residía en el rey y el poder judicial en los tribunales. Se continuó con la religión católica como religión oficial del estado aunque el texto garantizaba el ejercicio de cualquier otra, en público o en privado, en su artículo 21.
- La Constitución Federal de 1.873
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Elaborada durante la I República y que no llegó a promulgarse, que definía España como una República Federal, integrada por diecisiete Estados, que se daban su propia Constitución y que poseerían órganos legislativos, ejecutivos y judiciales, según un sistema de división de competencias entre la Federación y los Estados miembros. Sin embargo, la imposibilidad de llegar a un acuerdo para articular el funcionamiento de los Estados dentro de la federación, impidió que llegara a buen fin el proyecto.
- La Constitución Española de 1.876: Tras la disolución de la I República por el General Pavía, no consiguió que ningún grupo político ofreciera una fórmula estable de gobierno. En esta situación, el futuro Alfonso XII, desde Inglaterra, se dirigió a los españoles ofreciéndose para gobernar bajo la fórmula de monarquía liberal.
- La Constitución Española de 1.931
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La constitución republicana de 1.931, nacida de unas elecciones municipales y de la posterior renuncia al trono por parte de Alfonso XIII, introduce por primera vez algunas innovaciones del constitucionalismo contemporáneo, como son la renuncia a la guerra como forma de resolución de conflictos internacionales, o la inclusión de un Tribunal Constitucional. Introduce también, por primera vez, la descentralización del Estado, por medio de las Comunidades Autónomas, anticipo de la organización territorial de la constitución de 1.978. Las profundas contradicciones de la sociedad española de los años veinte y treinta desembocarán en la Guerra civil española, tras la cual se instaurará la dictadura del General Francisco Franco, que supondrá la derogación de esta constitución y su sustitución por las Leyes Fundamentales del Reino, vigentes hasta la aprobación de la última constitución democrática de 1978.
- La Constitución Española de 1.978: Nacida de las reformas legislativas más o menos programadas por el General Franco y de la negociación política entre las diversas familias del franquismo y la oposición democrática, esta constitución supone la restauración de facto de la monarquía borbónica (desaparecida en 1.931), la asunción de los valores parlamentarios y del Estado de Derecho, así como la recuperación de la organización territorial de la constitución republicana de 1.931.

En cuanto a la festividad de este día, se celebra el día en que el pueblo español aprobó por amplia mayoría la actual Constitución Española. Se conmemora la celebración del Referéndum Constitucional de 1.978, en vigor desde entonces, la cual está basada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La Constitución recoge los Derechos Fundamentales y los Principios básicos que deben regir la sociedad española, en ella se dictamina que determinadas materias deben tener una regulación específica en forma de Ley Orgánica (Ley que requiere mayores requisitos para su aprobación que una ley ordinaria). Cuando se pretende impugnar una Ley ante el Tribunal Constitucional se debe alegar infracción de algunos de estos Derechos recogidos en la Constitución, es por ello que a modo de ejemplo el actual Gobierno está pendiente de la resolución de asuntos relativos al mismo. Es festivo en toda España y se celebran diversos actos culturales en homenaje a la Constitución de 1.978, la que recoge mayores garantías constitucionales de todas las promulgadas a lo largo de la Historia de España.


P.D.: Muy enriquecedor e importante ha sido conocer cronológicamente todas y cada una de estos textos que han regido España en estos dos últimos siglos. ¿Qué os ha parecido este repaso a todas las constituciones que ha tenido España? ¿Creéis que tenemos una buena Constitución? ¿Cambiarías algún aspecto de la actual? Podéis acceder a la Constitución Española desde este enlace del gobierno.

Hasta pronto corazones.

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